Hay distintos tipos de sufragio, como universal, restringido, directo… y comúnmente se tiende a confundir el sufragio activo con el sufragio pasivo. A continuación desvelamos la confusión terminológica.
El sufragio activo es el derecho con el que se nos reconoce la capacidad de votar, y que puede ser restringido por varias causas, como la mayoría de edad (en según que países la mayoría de edad varía), el sexo (en algunos países musulmanes las mujeres no poseen derecho a voto), y la contribución mínima (dependiendo del nivel de contribución a la Hacienda Pública).
Además, el sufragio activo podrá ser restringido en caso de pérdida de nacionalidad o mediante declaración judicial.
Por su parte, el sufragio pasivo se refiere al derecho que tienen los ciudadanos para presentarse como candidatos en los distintos procesos electorales para ser elegidos por parte de los electores. Puede ser restringido por motivos de edad, cargos públicos que desempeñen, la nacionalidad o por resoluciones judiciales que priven de este derecho.
Resumiendo, mientras que el derecho a sufragio activo se refiere a la capacidad de votar, el sufragio pasivo hace mención a la posibilidad de que un ciudadano se pueda presentar a las elecciones para ser elegido como representante del pueblo.
Muchas gracias por la aclaración, habla un principiante agradecido cualquiera
muy buena informacion 😀
Muchas gracias, me ha resultado de gran ayuda.
Muchas gracias por la información, esta muy clara y entendible.