¿Contra quién se puede aplicar el Estado de Alarma?

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La declaración por primera vez del Estado de Alarma en la historia de la ‘joven’ democracia en España ha llevado a muchos a preguntarse una misma cosa ¿Contra qué colectivos y en que circunstancias podría establecerse el Estado de Alarma?

La última crisis de los controladores aéreos dejó vacío durante unas horas el espacio aéreo del país y a unas 600.000 personas en tierra. Este fue el motivo por el cuál el Gobierno declaró el Estado de Alarma, aduciendo la paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad. Así, solamente en estos supuestos se podrá decretar el Estado de Alarma (tal y como se recoge en el Art.4 de la Ley 4/1981 de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio):

Grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.
– Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.
– Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.
– Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad y concurra alguna de las circunstancias o situaciones anteriores.

Como se puede ver, el término “paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad” es un término algo voluble. ¿Qué empresas y servicios podrían ser considerados servicios públicos esenciales para la comunidad?

Por lo general, aquí podríamos incluir aquellos servicios para los cuáles se establecen servicios mínimos cada vez que (por ejemplo) se declara una huelga general (transporte aéreo entra en esta categoría), tal y como pasó el pasado 29 de septiembre. De esta manera, se pretende garantizar la libertad de movimientos de los ciudadanos.

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